Juez Ordena Garantizar Alimentos a Privados de la Libertad

Una tutela presentada por la Personería Distrital logró que el Juzgado Penal 15 del Circuito de Bogotá ordenara al INPEC y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) en 48 horas adoptar las medidas higiénico sanitarias para suministrar los insumos alimenticios, y en los horarios adecuados, a los privados de la libertad en las estaciones de Policía, URI y las cárceles de La Modelo y La Picota.

El juez determinó enviar copias de la decisión a la Procuraduría General de la Nación con el fin de que se determine si debe iniciar una investigación disciplinaria contra servidores por la gestión irregular en el suministro de alimentos.

El fallo derivado de la tutela presentada por la Personera de Bogotá (e), Rosalba Cabrales protege los derechos a la vida e integridad en condiciones dignas, a la salud integral física y mental, a la alimentación saludable, según las necesidades nutricionales, vulnerados por el INPEC y USPEC.

Como se recordará, a mediados del mes de agosto, el Ente de Control Distrital presentó una tutela por la falta de una distribución regulada de alimentos, largos periodos de demora en su entrega y muchas veces sin los requerimientos mínimos de calidad.

Según evidencias aportadas por el Ministerio Público Distrital, los alimentos suministrados por el proveedor “Unión Temporal Compartir” no llegaban oportunamente, o eran entregados en mal estado.

A esta situación se le suman los rigores propios del confinamiento en esos lugares no apropiados, exponiéndolos a un alto nivel de contagio de Covid-19, con riesgo latente de amotinamientos de las 2.415 personas retenidas en las estaciones de Policía y URI, que presentan un hacinamiento del 176,9%.

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