Abecé del Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos

¿Qué es el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes?

Es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados, que permite llenar los vacíos existentes en este régimen, con base en la realidad migratoria y la capacidad de respuesta que tiene el país en materia institucional, social y económica.

¿Cuál es su objetivo?

El objetivo del Estatuto Temporal de Protección es permitir el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario, es decir, que los migrantes venezolanos que se acojan a la medida tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes.

Esta medida busca estimular el tránsito al régimen migratorio ordinario y disminuir las cifras de migración irregular actuales y futuras.

¿Cuál es la finalidad de este Estatuto?

El Estatuto Temporal de Protección busca proteger a la población migrante que se encuentra actualmente en condiciones de irregularidad, teniendo en cuenta que se trata de la población más vulnerable, medida que adicionalmente desestimula la migración irregular con posterioridad a la entrada en vigencia de la norma.

Este Estatuto nace del compromiso que adquirió el Gobierno para definir nuevos mecanismos de flexibilización migratoria, los cuales permitan la integración de la población migrante venezolana a la vida productiva del país, a partir de su regularización.

El marco regulatorio tiene como finalidad ofrecer resguardo a las personas que huyen de su país de origen por causa de la crisis.

¿Por qué es necesario establecer un Estatuto Temporal de Protección para Migrantes?

El Estatuto Temporal de Protección se hace necesario para el país teniendo en cuenta la situación actual de Venezuela, la cual, cada día se deteriora más.

Las medidas impuestas por el actual régimen de Venezuela ha obligado a más de 5 millones de venezolanos a abandonar su país y de ellos, más del 30% se encuentran radicados en Colombia.

La llegada masiva de venezolanos a Colombia en condición de irregularidad genera un desplazamiento de la oferta del trabajo, que implica reducción en salarios y disminución en el empleo de trabajadores nativos.

Así mismo, la irregularidad implica disminución en aportes de los migrantes a la economía (remesas, contribuciones tributarias, parafiscales, etc.)

El no saber quién se encuentra dentro del territorio nacional, no solo representa un riesgo en materia de seguridad, sino que además impide generar políticas públicas orientadas a la integración y asimilación de los migrantes.

No regularizar dificulta la identificación y judicialización de los migrantes.

¿Cuál será la vigencia de este Estatuto Temporal de Protección?

El Estatuto Temporal de Protección tendrá una vigencia de diez (10) años teniendo en cuenta que la implementación de estas medidas requiere de esfuerzos, económicos, técnicos, físicos y tecnológicos significativos.

¿Cómo se llevará a cabo la implementación del Proyecto?

Transcurridos 90 días posteriores a la publicación del Decreto por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para venezolanos, se implementará en dos fases:

1a. fase

 Registro único de Migrantes Venezolanos que hace parte del Proyecto de Identificación y Registro de Ciudadanos venezolanos (RIC).

2a. fase

Expedición del Permiso por Protección Temporal.